A raíz de las peticiones de rescate por parte de algunas Autonomías, Mariano Rajoy debería llevar a cabo "una intervención completa" de las comunidades autónomas en aplicación del artículo 155 de la Constitución.
"Los mismos que han llevado a la ruina a las comunidades autónomas no pueden ser los que las gobiernen". En el caso de Valencia y Murcia, y alguna otra, es "de libro". En otras, sin embargo, creo que la intervención quizá debería ser "menor", si bien "lo esencial es que las órdenes a las autoridades de las comunidades las dé el Gobierno del Estado".
"¿Pueden las comunidades que se han endeudado por encima de sus posibilidades y que han montado y mantenido estructuras institucionales ajenas a intereses generales, desmontar el entramado que les ha llevado a la quiebra? ¿Es verosímil que quienes han originado el desaguisado lo arreglen?".
Por todo ello, es necesario aplicar el citado artículo de la Carta Magna, siguiendo y respetando el orden constitucional".
"Estamos ante una situación extraordinaria del país que exige unidad de dirección y un claro compromiso político para el mantenimiento de los servicios esenciales y para suprimir todo lo superfluo. Esto hay que hacerlo ¡ya!, antes de ver qué cambios constitucionales son precisos para lograr un Estado eficaz".
Es imprescindible que el Estado garantice el mantenimiento en condiciones de igualdad para todos los españoles de esos servicios esenciales. Sólo bajo una dirección común clara y con poder de actuar directamente sobre las administraciones responsables será posible.
El Gobierno no ha tenido ni "coraje" y ni "visión de Estado" para "meter la tijera" donde está lo que lastra nuestro crecimiento e impide la recuperación de nuestra economía: “la estructura del modelo territorial del Estado."
Lo que España necesita es la “refundación del Estado”, pero para eso se
requiere una voluntad política que no demuestra tener el PP, ni el PSOE, ni la mayoría de los partidos
políticos. Me temo que como siempre lo harán tarde y mal, y el daño causado
será irreversible.
Algunas de estas opiniones han sido dichas por R. Diez en el Congreso24-07-2012
Artículo 155
1.
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la
Constitución u otras leyes le impongan, o "actuare de forma que atente
gravemente al interés general de España", el Gobierno, previo requerimiento al
Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la
aprobación por mayoría absoluta del Senado, "podrá adoptar las medidas
necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas
obligaciones".
2.
Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado
anterior, "el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las
Comunidades Autónomas"
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